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¿Cómo trasladar un familiar enfermo de Estados Unidos a México?

¿Cómo trasladar un familiar enfermo de Estados Unidos a México?
Lo primero que debes saber, es que la repatriación proporciona la asistencia médica necesaria a los connacionales enfermos graves que están siendo atendidos en otros países.

Paisano, lamentablemente en muchas ocasiones podemos caer gravemente enfermos. En esos momentos es posible que desees volver a tu tierra, para estar con tu familia y seres queridos.

Hoy, en Conexión Migrante, te contamos cómo puedes trasladar o ser trasladado si este es tu caso.

Lo primero que debes saber, es que la repatriación proporciona la asistencia médica necesaria a los connacionales enfermos graves que están siendo atendidos en otros países.

Como ‘enfermedad grave’ nos referimos a algún mal o accidente que requiera  de tratamiento especializado o a largo plazo.

Si es tu deseo volver a México y ser atendido aquí, o tienes algún familiar que lo requiera, a continuación te decimos cómo hacerle.

Requisitos para el traslado de enfermos

Primero debes de saber, que este trámite se realiza a través de los consulados y la Secretaría de Relaciones Exteriores.

En México, existen varios estados que han diseñado sus propios programas, aunque se trata de proyectos estatales, los requisitos son los mismos:

  1. Documento que demuestre que el enfermo es mexicano
  2. Historia clínica del paciente
  3. Carta responsiva del familiar o conocido del paciente que se hará cargo de él durante el trayecto terrestre o aéreo a México
  4. Carta responsiva del médico mediante la cual indique que el paciente está en condiciones de salud para viajar a México.
  5. Carta responsiva del familiar que solicita el traslado.

La repatriación se efectúa directamente de hospital a hospital, previa designación del

centro médico receptor en la entidad federativa que corresponda, y cuya designación se llevará acabo de común acuerdo entre la Secretaría de Salud y la Secretaria de Relaciones Exteriores.

¿Cómo funciona el traslado de un enfermo?

Un familiar del enfermo debe acudir al Consulado de México más cercano a su lugar de residencia y explicar la situación de la persona enferma.

La Secretaría de Relaciones Exteriores por medio del Consulado envía una solicitud de apoyo dirigida a la Secretaría de Salud o a los servicios estatales de Salud que correspondan.

La Secretaría de Salud recibe la solicitud de apoyo e identifican la institución de salud más conveniente para que se brinde la atención médica requerida.

La respuesta de la institución de salud sobre la aceptación del paciente, se remite a la SRE o al Consulado correspondiente.

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La SRE o el Consulado con un mínimo de tres días de anticipación notifica a la Secretaría de Salud el itinerario con fecha y el medio en que será transportado el enfermo.

¿Cómo y dónde?

Tu familiar debe dirigirse directamente al Consulado más cercano para realizar el trámite directamente.

Si deseas ampliar la información sobre el traslado llama al CIAM (Centro de Información y Asistencia a Mexicanos)
Desde Estados Unidos: 001 520 623 7874
Desde México: 1 855 4636 395

Correo: [email protected]

Sobre los programas de los estados

Si lo deseas, puedes contactar directamente al gobierno de tu estado, aquí te dejamos sus sitios oficiales, donde incluyen teléfonos y en algunos casos direcciones.

Si eres del Estado de México da click AQUÍ.

Si eres del Guanajuato da click AQUÍ.

Si eres del Oaxaca da click AQUÍ.

Si eres del Morelos da click AQUÍ.

Si eres del Hidalgo da click AQUÍ.

Datos que debes conocer

El trámite del traslado es gratuito, sin embargo la repatriación y los gastos médicos no lo son, los familiares deben hacerse cargo de ellos y reembolsarlos a la SRE.

En caso de que quien solicite la ayuda sea una persona indigente, entonces el gobierno mexicano cubrirá todos los gastos hasta que se recupere.

La Secretaría lo que hace es facilitar trámites migratorios y garantizar la atención y traslado de calidad.

Hay cuatro categorías establecidas por el gobierno de México para priorizar los traslados:

  • Menores no acompañados
  • Mujeres embarazadas o con infantes
  • Personas enfermas o con discapacidad
  • Ancianos o personas con insolvencia temporal

 

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